2019 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo
Capítulo 16 - Departamento de Asuntos del Consumidor
§ 341e-1A. Anuncio de las clasificaciones

  • A partir de la aprobación de esta ley será requisito que todos los operadores de máquinas de juegos de vídeo coloquen en sus establecimientos un anuncio en español indicando la clasificación de los juegos de conformidad con lo dispuesto en el inciso (2) de la sec. 341e-1 de este título. El anuncio deberá estar localizado en un lugar visible para todas las personas que visitan el establecimiento, incluyendo niños.
  • Además, será requisito el que todas las máquinas de juegos de vídeo contengan un anuncio en español en un área visible de la máquina indicando la clasificación del juego.
  • Se faculta al Secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor, de conformidad con los poderes que le concede las secs. 341 et seq. de este título, conocidas como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a imponer una multa administrativa que no será menor de quinientos dólares ($500) ni mayor de cinco mil dólares ($5,000), por cada violación a las disposiciones de esta sección.
  • Cualquier persona que no estuviera de acuerdo con la multa impuesta por el Secretario podrá solicitar revisión de esta determinación a la Junta Asesora. Este organismo, de acuerdo a la información recibida del Secretario y del funcionario afectado, podrá ratificar la multa impuesta o modificarla o dejarla sin efecto. La determinación de la Junta Asesora será final e inapelable.
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