2020 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo Apéndices
XV. Departamento de Agricultura
Artículo 45. Presupuesto

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 45 (2020)
  • A partir de la aprobación de este Plan, los presupuestos de la Corporación para el Desarrollo Rural y del Departamento se consignarán de forma consolidada en el Presupuesto de Gastos del Departamento, con la excepción de aquellos recursos que habrán de ser transferidos a la Autoridad de Tierras, conforme a este Plan. Igualmente, a partir de la aprobación de este Plan, el presupuesto de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario será transferido a la Administración para el Desarrollo de Empresas Agropecuarias. Para cada año fiscal, el Departamento y la Administración, respectivamente presentarán su petición presupuestaria ante la Oficina de Gerencia y Presupuesto. A tales organismos les serán asignados fondos para sus gastos y operación, de acuerdo con sus necesidades y los recursos totales disponibles.
  • Todos los dineros que reciba el Departamento en el cumplimiento de su tarea de implementar las disposiciones de este Plan, de las fuentes que se especifiquen en la misma y de cualesquiera otras fuentes, ingresarán en un fondo especial denominado como el Fondo para la Innovación Tecnológica y Promoción Agropecuaria, a ser creado por el Secretario del Departamento de Hacienda a favor del Departamento.
Disclaimer: These codes may not be the most recent version. Puerto Rico may have more current or accurate information. We make no warranties or guarantees about the accuracy, completeness, or adequacy of the information contained on this site or the information linked to on the state site. Please check official sources.
This site is protected by reCAPTCHA and the Google Privacy Policy and Terms of Service apply.