2019 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Apéndices
Apéndice V - Reglas de Procedimiento Civil de 2009
V. PROCEDIMIENTOS ANTERIORES AL JUICIO
Regla 31 - Descubrimiento de Documentos y Objetos Para Ser Inspeccionados, Copiados o Fotografiados
Regla 31.1. Alcance
- Además de tener derecho a que se produzca cualquier documento o cosa para ser inspeccionado con relación a un examen bajo la Regla 27 de este apéndice, o interrogatorios bajo la Regla 30 de este apéndice, una parte podrá notificar a otra, sujeto a lo dispuesto en la Regla 23.2 de este apéndice, una solicitud para que:
(1) Produzca y permita inspeccionar, copiar o fotografiar, por o a nombre de la parte promovente, determinados documentos, papeles, información almacenada electrónicamente, convertida en información comprensible, de ser necesario, para el que la solicite, libros, cuentas, cartas, fotografías, objetos o cosas tangibles, de naturaleza no privilegiada, que constituyan o contengan evidencia relacionada con cualquiera de las materias que estén dentro del alcance del examen permitido por la Regla 23.1 de este apéndice y que estén en o bajo su posesión, custodia o dominio, o
(2) permita la entrada en terreno designado u otra propiedad en su posesión o bajo su dominio, con el propósito de inspeccionar, medir, mensurar o tomar fotografías de la propiedad o de cualquier objeto u operación que se esté realizando en ésta dentro del alcance permitido por la Regla 23.1 de este apéndice.
- La solicitud especificará la fecha, la hora, el lugar y el modo de hacer la inspección, tomar las fotografías y hacer las copias, y podrá prescribir los términos y las condiciones que se estimen justos para ello.