2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 39 - Voluntarismo
§ 1033. Acreditación de experiencia laboral

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 1033 (2020)
  • Las horas de servicio prestadas por voluntarios de conformidad con este capítulo podrán ser acreditadas por los municipios, agencias, dependencias e instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a los fines de cumplir con los requisitos de experiencia para cualquier trabajo en éstas, de conformidad con el reglamento que a tales fines elabore el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos dentro del término de seis (6) meses a partir de la vigencia de esta ley.
  • A los fines de potenciar la efectiva aplicación del referido reglamento, se dispone que éste entrará en vigor dentro del término de un año a partir de la vigencia de esta ley.
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