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2020 Laws of Puerto Rico
Título 33 - Código Penal
Subtítulo 6 - Código Penal de 2012—Parte General
Parte III - Consecuencias del Delito
Capítulo 329 - Extinción de las Acciones y de las Penas
Subcapítulo I - Extinción de la Acción Penal
§ 5133. Delitos que no prescriben

Universal Citation:
PR Laws tit. 1, § 5133 (2020)
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  • En los siguientes delitos la acción penal no prescribe: genocidio, crimen de lesa humanidad, asesinato, secuestro, malversación de fondos públicos, falsificación de documentos públicos, y todo delito grave tipificado en este Código o en ley especial cometido por un funcionario o empleado público en el desempeño de la función pública.
  • Los siguientes delitos no prescribirán cuando la víctima sea un menor de dieciocho (18) años de edad, y el acusado haya sido mayor de dieciocho (18) años de edad al momento de la comisión del delito: incesto, agresión sexual, actos lascivos, trata humana, secuestro agravado, la utilización de un menor para pornografía infantil y el proxenetismo, rufianismo y comercio de personas agravado.
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