2020 Laws of Puerto Rico
Título 1 - El Estado Libre Asociado
Capítulo 36 - Ley del Instituto Puertorriqueño para la Asistencia Mutua con Cuba Democrática
§ 705. Reuniones y quórum

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 705 (2020)
  • El Instituto se reunirá por lo menos una vez al mes o con mayor frecuencia, si así lo determinara una mayoría de sus miembros o así se dispusiese en el reglamento interno del Instituto.
  • En las reuniones del Instituto constituirá quórum la mayoría de los miembros. De no obtener quórum, el Instituto podrá realizar reuniones para recibir información y discutir los asuntos. No obstante, todo asunto que hubiese requerido de una votación se considerará en una segunda reunión debidamente convocada, en cuyo caso constituirán quórum los presentes. Todo acuerdo se tomará por el voto de la mayoría de los miembros presentes.
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