2019 Laws of Puerto Rico
Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
Apéndice II-B - Reglas para la Administración del Tribunal de Primera Instancia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Regla 11. Informes sobre la gestión administrativa

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 11 (2019)
  • (a) Jueces Administradores o Juezas Administradoras de las Regiones Judiciales.— Los Jueces Administradores y las Juezas Administradoras de las Regiones Judiciales rendirán al Juez Presidente o a la Jueza Presidenta, por conducto del Director Administrativo o de la Directora Administrativa de los tribunales, un informe escrito dando cuenta de su gestión como tales, durante los doce (12) meses anteriores a la fecha de presentación y del estado y progreso de las salas comprendidas en la región judicial correspondiente, incluyendo en particular la gestión como Jueces Administradores o Juezas Administradoras del centro judicial. Dicho informe deberá ser presentado dentro de un término de cuarenta y cinco (45) días contados a partir del primero (1ro) de julio o del año correspondiente. Rendirán, además, cualquier otro informe que el Juez Presidente o la Jueza Presidenta, o el Director Administrativo o la Directora Administrativa de los tribunales tengan a bien requerirles.

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