2019 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Apéndices
Apéndice V - Reglas de Procedimiento Civil de 2009
V. PROCEDIMIENTOS ANTERIORES AL JUICIO
Regla 35 - Oferta de Sentencia y de Pago
Regla 35.3. Depósito en el tribunal

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 35.3 (2019)

En un pleito en que cualquier parte del remedio que se solicite sea una sentencia mediante la cual se ordene el pago de una suma de dinero o la disposición de cualquier otra cosa que pueda ser objeto de entrega, una parte, previa notificación a cada una de las otras partes y con el permiso del tribunal, podrá depositar en el tribunal la totalidad de dicha suma o cosa, o cualquier parte de ésta, para ser retenida por el Secretario o Secretaria sujeta a ser retirada, en todo o en parte, en cualquier momento por orden del tribunal.

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