2019 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo
Capítulo 3 - Consejo de Secretarios
§ 33. Poderes y deberes de los comisionados, etc., transferidos a los secretarios; otros deberes del Secretario de Estado

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 33 (2019)

Al entrar en vigor la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, las funciones, poderes y deberes del Secretario Ejecutivo, el Procurador General, el Tesorero y los Comisionados de Instrucción, de Trabajo, de lo Interior, de Salud y de Agricultura y Desarrollo Económico y Comercio quedarán transferidos a, y se desempeñarán, con el mismo sueldo, por los Secretarios de Estado, de Justicia, de Hacienda, de Educación, de Trabajo y Recursos Humanos, de Transportación y Obras Públicas, de Salud y de Agricultura y Desarrollo Económico y Comercio, respectivamente. El Secretario de Estado desempeñará, además, cualesquiera otros deberes que le asignare el Gobernador.

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