2019 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo
Capítulo 19 - Departamento de Transportación y Obras Públicas
§ 417. Edificios, obras y bienes públicos, a cargo del Secretario
El Secretario de Transportación y Obras Públicas tendrá a su cargo todos los edificios públicos pertenecientes al Estado Libre Asociado e Puerto Rico y todas las obras públicas estaduales sea cual fuere su naturaleza y nombre, ya fueren costeadas con fondos donados, o asignados por cualquier persona o corporación o por el Gobierno o Congreso de los Estados Unidos, a beneficio del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Estará encargado asimismo de toda la propiedad cedida por el Gobierno de España al de los Estados Unidos, y cuya administración se puso en manos del Gobierno de Puerto Rico con arreglo a la sección 13 de la Ley de Congreso denominada “Ley para proveer, temporalmente, de rentas y un gobierno civil a la Isla de Puerto Rico, y para otros fines”.