2019 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo
Capítulo 137 - Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública
§ 9914. Divulgación rutinaria de la información

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 9914 (2019)
  • En el Gobierno de Puerto Rico se facilitará el acceso a la información pública y se divulgará rutinariamente a través de sus páginas electrónicas oficiales y mediante otros medios de comunicación la información sobre su funcionamiento, acciones y los resultados de su gestión. La entidad gubernamental tiene el deber de divulgar en su página electrónica oficial, de forma periódica, proactiva y actualizada, la información sobre su funcionamiento, la ejecución y control de las funciones delegadas, así como toda documentación pública que sea realizada por la entidad de forma rutinaria. No serán información pública los expedientes de personal o cualquier información de esta índole.
  • Además, establecerá mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, calidad y reutilización de la información publicada electrónicamente, así como su identificación y localización.
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