2019 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo
Capítulo 107 - Programa “Ahorra y Duplica Tu Dinero”
§ 8932. Definiciones

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 8932 (2019)
  • (a) Administrador del Programa.— Significará el Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

  • (b) Agencias.— Incluirá todas las agencias, departamentos, oficinas, comisiones, juntas, administración, organismos y demás instrumentalidades de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico, cuyo presupuesto se sufraga, en todo o en parte, con cargo al Fondo General a la fecha de la vigencia de esta ley, independientemente de que le apliquen o no las disposiciones de las secs. 1461 et seq. de este título. Estarán excluidas de esta definición y de la aplicación de este capítulo:

    • (1) Las corporaciones o instrumentalidades públicas y alianzas público-privadas que funcionen como empresas o negocios privados con sus propios fondos;

    • (2) la Universidad de Puerto Rico;

    • (3) la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico, y

    • (4) la Oficina de Etica Gubernamental de Puerto Rico.

  • (c) Programa.— Significará el Programa “Ahorra y Duplica Tu Dinero” creado por este capítulo.

  • (d) Participante.— Significará cualquier empleado de carrera de una agencia que participe en el Programa.

  • (e) Salario.— Significará la compensación bruta que devenga un empleado por servicios prestados a la agencia. Al computar el salario se excluirá toda bonificación adicional al salario y los costos de los beneficios marginales.

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