2019 Laws of Puerto Rico
Título 17 - Hogares
Capítulo 4 - Programas para Construcción de Viviendas
§ 92. Viviendas para personas de ingresos moderados—Reglamentos

Universal Citation: PR Laws tit. 1, § 92 (2019)
  • La Corporación adoptará los reglamentos que fueren necesarios, consistentes con los propósitos de las secs. 86 a 94 de este título para facilitar el cumplimiento de las disposiciones de la misma, los cuales tendrá fuerza de ley después de promulgados por el Gobernador. Dichos reglamentos contendrán, entre otras, disposiciones relativas a:
    • (1) El ingreso máximo y otras cualificaciones que deben tener las familias de ingresos moderados para acogerse a las disposiciones de las secs. 86 a 94 de este título.

    • (2) Las restricciones, condiciones y otros requisitos a que debe estar subordinado el uso de dichas viviendas.

    • (3) Las condiciones, requisitos y restricciones a cumplirse por compradores que interesen vender o gravar la vivienda. A tal fin, se incluirán normas sobre precios máximos por los cuales podrá efectuarse la reventa.

    • (4) Las condiciones a exigirse a terceras personas que construyan viviendas en terrenos de la Corporación con el fin de venderlas o arrendarlas a familias de ingresos moderados. Entre otras, dichas condiciones incluirán el tamaño máximo de los solares y de las viviendas, las especificaciones generales, los precios máximos de venta y los cánones máximos de arrendamiento.

    • (5) Las condiciones a exigirse a personas que adquieran terrenos de la Corporación para la construcción de viviendas para familias de ingresos moderados. En adición a las condiciones establecidas en el inciso (4) anterior, podrán exigirse condiciones sobre términos para iniciar la construcción de las viviendas y para finalizar las mismas, las garantías que habrán de exigirse para asegurar que se cumplan los propósitos de las secs. 86 a 94 de este título, las familias a quienes se podrán ceder las viviendas que se construyen en dichos terrenos, y cualesquiera otras condiciones que la Corporación estime necesarias para que no se frustren los propósitos de las secs. 86 a 94 de este título.

Disclaimer: These codes may not be the most recent version. Puerto Rico may have more current or accurate information. We make no warranties or guarantees about the accuracy, completeness, or adequacy of the information contained on this site or the information linked to on the state site. Please check official sources.
This site is protected by reCAPTCHA and the Google Privacy Policy and Terms of Service apply.