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2018 Laws of Puerto Rico
Título 5 - Agricultura
Capítulo 105 - Ley para la Organización y Desarrollo de Mercados Agrícolas Familiares en Puerto Rico
§ 4712. Mercados agrícolas familiares; creación mediante alianza gobierno-empresa privada

Universal Citation:
PR Laws tit. 5, § 4712 (2018)
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  • El (La) Secretario/a de Agricultura, en colaboración con otras agencias públicas, iniciará la organización de un sistema de mercados agrícolas que garantice el movimiento de demanda y oferta de productos agrícolas originados en Puerto Rico, a precio cierto y con la infraestructura y tecnología de última generación “state of the art” para apoyar el mismo, como parte de una alianza agrícola e industrial de producción, mercadeo y seguridad alimentaria entre el Estado Libre Asociado y la empresa privada, a definirse por los Secretarios o Secretarias de los Departamentos o Agencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
  • La división de mercadeo de la Administración para el Desarrollo de Empresas Agropecuarias (ADEA) se encargará de proveer la asistencia, el asesoramiento, apoyo técnico y logístico para la organización y desarrollo de mercados agrícolas a organizarse al amparo de este capítulo. Disponiéndose, además, que el desarrollo de los citados mercados agrícolas se llevará a cabo en los setenta y ocho (78) municipios de Puerto Rico, incluyendo las islas municipios de Vieques y Culebra.
  • Todo mercado agrícola que sea promovido a través de este capítulo, por el Departamento de Agricultura y otras agencias de gobierno, tendrá como propósito la promoción y venta de productos agrícolas originados en Puerto Rico. Será responsabilidad del Departamento de Agricultura, a través de la ADEA, visitar las fincas de los agricultores que vendan en los mercados agrícolas, así como verificar el origen de todos aquellos productos agrícolas que se venden en los mercados para garantizar que son originados en Puerto Rico.
  • Cualquier agricultor autorizado o persona que exponga a la venta, en los mercados agrícolas, productos agrícolas que no hayan sido originados en Puerto Rico podrá ser penalizado y multado según las disposiciones incluidas en este capítulo. Todo agricultor que desee participar y vender productos agrícolas en los mercados tendrá que llenar una solicitud a través de la ADEA para poder ser cualificado. La ADEA establecerá por reglamento los requisitos necesarios para poder cualificar, participar y vender en los mercados agrícolas.
  • Será responsabilidad del Departamento de Agricultura, a través de la ADEA, gestionar fondos estatales, en colaboración con agencias del Estado Libre Asociado, para crear y mantener los mercados agrícolas. En primera instancia, y ante la labor realizada en la creación de un plan desarrollado por el Departamento de Agricultura y el Departamento de la Familia, se ha creado el Proyecto El Mercado Familiar. Será responsabilidad de ambas agencias lograr que este Proyecto se establezca de manera permanente, como parte de los mercados agrícolas, en beneficio de los consumidores y agricultores puertorriqueños.
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