2018 Laws of Puerto Rico
Título 18 - Educación
Parte III - Actividades Educativas en General
Capítulo 63 - Cultivo de la Literatura
§ 933. Biblioteca Carnegie—Reglas que regirán el uso de libros

Universal Citation: PR Laws tit. 18, § 933 (2018)
  • Los miembros de la Asamblea Legislativa, los funcionarios jefes de los departamentos ejecutivos del Gobierno Estatal, los jueces del Tribunal Supremo, del Tribunal de Primera Instancia y de Distrito y los fiscales, tendrán derecho a hacer uso de los libros de la Biblioteca Carnegie, llevándolos fuera del local de dicha Biblioteca por un plazo que no excederá de treinta (30) días; Disponiéndose, que el bibliotecario o quien le sustituya queda por la presente autorizado para permitir sacar libros de la Biblioteca y usarlos fuera de ella a todas las personas de responsabilidad, y para prescribir las reglas y reglamentos por que ha de regirse la Biblioteca sobre este particular. Aquellas personas que dejaren de devolver los libros dentro del período de tiempo especificado en las reglas y reglamentos serán castigadas con una multa que será justipreciada por el Departamento de Educación asesorado a su vez por el bibliotecario. El dinero producto de tales multas ingresará en el Fondo General del Tesoro Estadual.
  • En ningún caso se permitirá que salgan de la Biblioteca las obras comprendidas en la siguiente enumeración:
    • (a) Libros incunables.

    • (b) Libros impresos en cualquier país desde el año 1457 al 1600.

    • (c) Libros impresos en España desde el año 1474 al 1650.

    • (d) Libros impresos en Puerto Rico desde el año 1808 al 1840.

    • (e) Ejemplares de ediciones agotadas, a menos que haya más de uno de la misma obra en la Biblioteca.

    • (f) Tampoco será permitido que ninguna persona lleve de la Biblioteca libro alguno, si tal personal padece de enfermedades contagiosas o en su domicilio sufre de tales enfermedades alguna otra persona.

      Al ser devueltos a la Biblioteca los libros que hubieren salido de ella, con arreglo a esta sección, deberán ser inmediatamente examinados por algún empleado de la Biblioteca a fin de investigar si aparece alguna mutilación en el libro; Disponiéndose, que la mutilación maliciosa de un libro será con multa mínima de cincuenta (50) dólares o prisión por un término mínimo de veinte (20) días. Los ejemplares devueltos a la Biblioteca deberán ser inmediatamente desinfectados por el método más rápido, eficaz y sencillo.
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